Ley Crea y Crece - Modelo español de facturación electrónica B2B interoperable

La Ley Crea y Crece introduce la facturación electrónica B2B obligatoria en España a través de un modelo interoperable que combina las plataformas privadas de intercambio y la solución pública de facturación electrónica gestionada por la AEAT. El Real Decreto 238/2026 desarrolla este marco y define un despliegue escalonado vinculado a la Orden Ministerial para la solución pública. El modelo también introduce requisitos de comunicación del estado de las facturas diseñados para mejorar la transparencia de los pagos, controlar las prácticas de pago y apoyar la interoperabilidad entre las plataformas privadas y el sistema público.

Comprender el modelo de facturación electrónica B2B de España según la Ley Crea y Crece

Fechas clave de implementación

Principales hitos de la implantación gradual del marco de facturación electrónica B2B en España

Estas fechas reflejan la aplicación gradual plazo actualmente derivado del Real Decreto 238/2026 y del proyecto de Orden Ministerial publicado en abril de 2026. El proyecto de Orden prevé su entrada en vigor el 1 de octubre de 2026, lo que activaría los periodos de adaptación de 12 y 24 meses establecidos para las empresas por encima y por debajo del umbral de facturación de 8 millones de euros. Más allá de las fechas de implantación, las empresas también deben prepararse para el impacto operativo de la comunicación del estado de las facturas, los requisitos de interoperabilidad y la integración con la solución pública de facturación electrónica.

01/10/2027

Las empresas con un volumen de negocios anual superior a 8 millones de euros deben empezar a cumplir los requisitos obligatorios de facturación electrónica B2B.

01/10/2028

El marco obligatorio de facturación electrónica B2B se extiende al resto de empresas y profesionales.

01/10/2029

La declaración del estado de las facturas pasa a ser obligatoria para los contribuyentes autónomos y las entidades en atribución de rentas con un volumen de negocios de hasta 8 millones de euros.

Cómo funciona el modelo de facturación electrónica de la Ley Crea y Crece española

Aplicación

El mandato se aplicará por fases una vez que entre en vigor la Orden Ministerial: primero a las empresas con un volumen de negocios anual superior a 8 millones de euros, y después al resto de empresas y profesionales autónomos.

Autoridad fiscal

Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Formato

Las facturas deben intercambiarse en formatos estructurados, legibles por máquina y compatibles con la interoperabilidad. Los formatos más comunes en España son Facturae, UBL, EDIFACT y UN/CEFACT XML, siendo UBL el que desempeña un papel central en la solución de facturación electrónica pública.

Firma digital

Las soluciones de conformidad deben garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad

Archivo

Las facturas electrónicas deben conservarse durante al menos 4 años, de acuerdo con las obligaciones fiscales españolas.

Otras normativas españolas

VeriFactu, SII, FACe, TicketBAI

Comunicación del estado de la factura

La comunicación del estado de las facturas es una parte esencial del marco español de facturación electrónica B2B. Los destinatarios deben informar de eventos clave como el rechazo y el pago, mientras que los emisores deben ser capaces de recibir, registrar y conciliar esas actualizaciones dentro de su ERP y sus procesos de cumplimiento.

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Preguntas frecuentes

Monumento a Alfonso XII en Madrid en representación de la regulación de la Ley Crea y Crece y el cumplimiento de la facturación digital en España

¿Quién está obligado a utilizar la facturación electrónica según la Ley Crea y Crece?

Las empresas y los profesionales autónomos cubiertos por el marco entrarán en vigor por fases. El calendario de aplicación distingue entre entidades por encima y por debajo del umbral de facturación de 8 millones de euros, con obligaciones adicionales de declaración de situación que afectarán a determinados contribuyentes más pequeños en una fase posterior.

¿Qué formatos están permitidos para las facturas electrónicas?

El marco se basa en datos de facturas estructurados y legibles por máquina, diseñados para la interoperabilidad. En el mercado español se hace referencia a varios formatos estructurados, como Facturae, UBL, EDIFACT y UN/CEFACT XML. Para la solución de facturación electrónica pública, el proyecto de Orden Ministerial define UBL bajo el modelo semántico EN16931 como la base técnica clave. Las comunicaciones relacionadas con el estado también se estructuran a través de mensajes UBL ApplicationResponse.

Pantalla de ordenador con código que representa la tramitación de facturas electrónicas con arreglo a la Ley Crea y Crece en España
Persona firmando digitalmente en un smartphone que representa la firma electrónica según la Ley Crea y Crece en España

¿Es obligatoria la firma electrónica para la facturación electrónica?

Las soluciones deben garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad de acuerdo con el marco técnico y jurídico aplicable.

¿Quién informa del estado de las facturas en el modelo español?

La información sobre el estado de las facturas depende principalmente del receptor, que debe comunicar los principales eventos de estado a la solución pública. Los emisores deben estar preparados para recibir y registrar esas actualizaciones, y también pueden comunicar información relacionada con la liquidación o el impago en los casos previstos en el marco.
Carpetas de archivo de documentos que representan la normativa de archivo y cumplimiento de datos del IVA del SII en España
Errores de borrado a lápiz que representan la corrección de errores en la facturación electrónica según la Ley Crea y Crece

¿Cómo interactúa la solución pública con las plataformas privadas?

Las empresas pueden trabajar a través de plataformas privadas, de la solución pública o de ambas. Sin embargo, el marco exige la interoperabilidad entre soluciones. Cuando la solución pública no se utiliza directamente para emitir facturas, una copia electrónica fiel de cada factura debe enviarse simultáneamente a la solución pública en formato UBL. Esto significa que los escenarios de plataforma privada siguen requiriendo una integración técnica con el sistema público.

¿Se aplica la ley también a las transacciones B2G?

No, la «Ley Crea y Crece» se centra en las transacciones B2B. Sin embargo, la facturación electrónica B2G es obligatoria en España desde 2015 a través del sistema FacturaE.

El Palacio Real de Madrid representa la regulación de la Ley Crea y Crece y el cumplimiento digital en España

Diferentes marcos para la integración de SAP y el cumplimiento de la Ley Crea y Crece

La Ley Crea y Crece marca un hito importante en la digitalización del modelo de facturación B2B en España. Exige el intercambio electrónico de facturas estructuradas entre empresas, plataformas privadas y la solución pública de facturación electrónica, junto con la comunicación obligatoria del estado de las facturas.

En consecuencia, los sistemas SAP y ERP deben ser capaces de generar datos de facturas conformes, validar formatos estructurados como UBL, presentar copias fieles cuando sea necesario, intercambiar mensajes con plataformas públicas o privadas y conciliar los estados de las facturas dentro de los procesos financieros y de cumplimiento.

En Code10, apoyamos esta transición a través de las funciones estándar de SAP mediante el marco de cumplimiento de documentos e informes, combinado con la integración avanzada de eCompliance proporcionada a través de nuestra solución eCompliance Hub. Esto permite a las empresas prepararse para el mandato de facturación electrónica B2B de España con una arquitectura escalable para la generación de facturas, validación, transmisión, seguimiento del estado y mantenimiento normativo a largo plazo.

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