Sistema de facturación electrónica de los EAU: Requisitos y calendario

El Sistema de Facturación Electrónica de los EAU es un marco dirigido por el gobierno que exige a las empresas y entidades gubernamentales incluidas en su ámbito de aplicación que emitan e intercambien facturas electrónicas estructuradas a través de Proveedores de Servicios Acreditados. Además, el modelo incluye la notificación electrónica de los datos fiscales de las facturas a la Autoridad Fiscal Federal. Debido a que la implementación comienza con un piloto en julio de 2026 y se convierte en obligatoria por fases durante 2027, las empresas ya deberían estar revisando sus procesos de facturación, la calidad de los datos y la preparación de SAP para prepararse para el cumplimiento.

Cómo afectará a las empresas el sistema de facturación electrónica de los EAU

Fechas clave de implantación

Siga los principales hitos del Sistema de Facturación Electrónica de los EAU y el calendario de implantación por fases para empresas y entidades gubernamentales.

Estas fechas se basan en el fases de aplicación previstas y quedan pendientes de la publicación definitiva de las disposiciones técnicas y ministeriales reguladoras.

01/07/2026
A partir del 1 de julio de 2026, el Sistema de Facturación Electrónica de los EAU entra en su fase piloto. Paralelamente, las empresas también podrán optar por adoptar la facturación electrónica de forma voluntaria a partir de esa fecha, siempre que cumplan los requisitos técnicos aplicables.
01/01/2027
A partir del 1 de enero de 2027, comienza la aplicación obligatoria para las empresas incluidas en el ámbito de aplicación con ingresos anuales iguales o superiores a 50.000.000 AED. Estas empresas deben designar a un proveedor de servicios acreditado antes del 30 de octubre de 2026. La fecha de aplicación obligatoria del 1 de enero de 2027 se mantiene sin cambios.
01/07/2027

A partir del 1 de julio de 2027, la implantación obligatoria se aplica a las empresas incluidas en el ámbito de aplicación con ingresos anuales inferiores a 50.000.000 de AED (aproximadamente 12,7 millones de euros). Estas empresas deben designar a un proveedor de servicios acreditado antes del 31 de marzo de 2027.

01/10/2027

Según 1 de octubre de 2027, la aplicación obligatoria se extiende a las entidades gubernamentales incluidas en el ámbito de aplicación. Estas entidades deben designar a un proveedor de servicios acreditado antes del 31 de marzo de 2027.

Visión general del sistema de facturación electrónica de los EAU

Aplicación

Implantación gradual a partir del 1 de julio de 2026, seguida de la adopción obligatoria en 2027. Las empresas de la primera fase deben designar un ASP antes del 30 de octubre de 2026.

Autoridad fiscal

Autoridad Fiscal Federal (FTA)

Formato

Facturas electrónicas XML estructuradas basadas en el marco de los EAU, utilizando OpenPeppol / PINT AE e intercambiadas a través de Proveedores de Servicios Acreditados.

Firma digital

En las directrices publicadas sobre facturación electrónica de los EAU no se especifica ningún requisito general de firma digital.

Archivo

Los datos de las facturas electrónicas deben conservarse durante 5 años, de acuerdo con las normas aplicables de los EAU.

Áreas clave cubiertas por el Sistema de Facturación Electrónica de los EAU

Facturación electrónica B2B, facturación electrónica B2G, declaración de datos fiscales, transacciones transfronterizas

Proveedores de servicios acreditados

Las empresas deben trabajar con un Proveedor de Servicios Acreditado.

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Preguntas frecuentes

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¿Qué empresas deben cumplir el Sistema de Facturación Electrónica de los EAU?

El Sistema de Facturación Electrónica de los EAU se aplica a las personas que realizan negocios en los EAU, independientemente de su situación de registro del IVA, a menos que se aplique una exclusión específica. Además, la implantación obligatoria por fases abarca también a las entidades gubernamentales con arreglo al calendario establecido por el Ministerio de Hacienda.

¿Se aplica el Sistema de Facturación Electrónica de los EAU a las transacciones transfronterizas?

Sí, puede hacerlo. Las directrices oficiales de los EAU establecen que cuando una persona sin lugar de residencia en los EAU esté obligada a emitir facturas fiscales en virtud de las normas del IVA, dichas facturas deberán emitirse como facturas electrónicas. Por lo tanto, el marco no se limita únicamente a las situaciones puramente nacionales.
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¿Han cambiado los EAU el plazo de nombramiento de la AEP?

Sí, el Ministerio de Hacienda ha anunciado una modificación del calendario de implantación de la facturación electrónica. Para las empresas con ingresos anuales iguales o superiores a 50.000.000 AED, el plazo para designar a un Proveedor de Servicios Acreditado se ha ampliado del 31 de julio de 2026 al 30 de octubre de 2026. La fecha de entrada en funcionamiento obligatoria para este grupo sigue siendo el 1 de enero de 2027.

¿Existen exclusiones de la facturación electrónica obligatoria en los EAU?

Sí. Las directrices oficiales identifican exclusiones específicas, incluidas determinadas actividades soberanas llevadas a cabo por entidades gubernamentales, determinados documentos emitidos por compañías aéreas y determinados servicios financieros exentos. El Ministerio también puede establecer otras exclusiones mediante futuras decisiones.
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¿Cuándo será obligatoria la facturación electrónica en los EAU? ¿Pueden las empresas empezar antes?

El sistema entra en su fase piloto el 1 de julio de 2026. A partir de esa misma fecha, las empresas también podrán adoptar voluntariamente la facturación electrónica si cumplen los requisitos técnicos aplicables. La implantación obligatoria se hará por fases a lo largo de 2027, en función del umbral de ingresos y del tipo de entidad. En la primera fase obligatoria, las empresas con ingresos anuales iguales o superiores a 50.000.000 AED deberán designar un ASP antes del 30 de octubre de 2026 e implantar la facturación electrónica antes del 1 de enero de 2027.

¿Cómo pueden las empresas preparar sus sistemas SAP para el Sistema de Facturación Electrónica de los EAU?

Un buen punto de partida es evaluar si el entorno SAP puede admitir datos de facturas estructurados, informes de datos fiscales e integración con un proveedor de servicios acreditado. Para escenarios estándar, SAP Document and Reporting Compliance puede proporcionar una base estructurada. Cuando se necesiten requisitos locales, conectividad de socios o localización adicional, las empresas también pueden necesitar soporte de integración complementario. Esto también es coherente con la forma en que los proveedores activos en el mercado de los EAU describen el modelo, que combina el intercambio estructurado de facturas con la presentación de informes a la FTA a través de proveedores homologados.

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Nuestro enfoque de la integración de SAP y el cumplimiento de la facturación electrónica en los EAU

El Sistema de Facturación Electrónica de los EAU exige a las empresas trabajar con datos de facturación estructurados, proveedores de servicios acreditados y datos fiscales que se comunican a la Autoridad Fiscal Federal. Por lo tanto, el cumplimiento afecta tanto a las operaciones fiscales como a la forma en que los sistemas SAP gestionan la facturación y la integración externa. Dado que el marco de los EAU requiere la integración con un ASP, nuestro enfoque también incluye la evaluación del modelo de conectividad adecuado, la preparación del proveedor, la asignación de datos PINT AE y las pruebas de extremo a extremo entre SAP, el ASP y el marco de facturación electrónica de los EAU.

En Code10, comenzamos con SAP Document and Reporting Compliance (SAP DRC) siempre que una implementación estándar es la adecuada. A continuación, cuando los requisitos locales van más allá del estándar de SAP, respaldamos la solución a través de nuestro sistema de gestión de documentos. eCompliance Hub, combinando el conocimiento de la normativa, el diseño de la integración y el apoyo a la entrega. Esto ayuda a las empresas a adaptar su entorno SAP al marco de los EAU de forma clara y fácil de mantener.

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